Chat Online
Inicio     Quienes Somos      Ex Agentes YPF      FF.AA - Seguridad      Otros Organismos      Gestión de Cobranza      Depto. Legal       Contacto
¿Como cobrar en los juicios contra el Estado?
Formulario PRO-FORMA-DEUDA CONSOLIDADA
Programas de Propiedad Participada
¿Como cobrar en los juicios contra el Estado?
Para los que no saben, el Estado Nacional tiene un régimen distinto en lo que se refiere al cumplimiento de las sentencias dictadas en su contra.
En un juicio entre dos particulares cuando se dicta la sentencia en contra de uno de ellos, una vez que la sentencia esta firme puede iniciar la ejecución de la sentencia el litigante "victorioso" contra el perdedor de el juicio. Las sentencias judiciales se clasifican en: declarativas, constitutivas, de condena. Estas sentencias entre particulares se llaman "sentencias condenatorias" ya que trae incluida la condena que se le impone a una de las partes.
En el caso del Estado Nacional esto no sucede ya que las sentencias que dictan los jueces son "meramente declarativas". Esto quiere decir que el juez declara el derecho que tiene X individuo contra el Estado.
Esto es un privilegio que tiene el estado que no es "condenado" en juicio sino obligado al pago del derecho reconocido en sede judicial por vía administrativa. Dicho en otras palabras, la persona que gano un juicio al Estado después de largos 5,10 o 20 años en algunos casos, no recibe lo que gana en la sentencia, sino que debe cumplir los requisitos que establece el Estado para el pago del mismo. Para ello deberá ajustarse al engorroso mecanismo de Consolidación de deudas como se explica a continuación ya que para algunos letrados todavía no esta muy claro. Si tienen un juicio ante Ferrocarriles Argentinos, E.L.M.A , la Caja de Ahorro y Seguros o cualquier dependencia del Estado Nacional ya sea liquidado o en liquidación, servira.-
Copyright © 2009 | www.bonarg.com.ar | Reservados Todos los Derechos | Terminos y condiciones | info@bonarg.com.ar | Design by mmww.com.ar